Seleccionar página

Aprobación definitiva modificación Ordenanzas Fiscales

Aprobación definitiva modificación Ordenanzas Fiscales

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provi- sional de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales, para el año 2013, adoptado por el Pleno de la Corporación de fecha 10 de octubre de 2012 y no habiéndose presentado, dentro del mismo, (BOTHA número 123 de 26 de octubre de 2012), reclamación alguna, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

– Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

– Ordenanza Fiscal Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

– Ordenanza Fiscal Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras.

– Tasa por prestación de servicios públicos y realización de acti- vidades administrativas:

• Tasa Instalación Polideportivo Municipal.

• Tasa Servicio Público de Recogida de Basuras y Residuos Sólidos Urbanos.

• Tasa Talleres y otras actividades y servicios.
• Tasa Servicio con material del Ayuntamiento.
• Tasa Reguladora del aprovechamiento de frutos, setas, plantas

y flores en “Apota y Ubarrundia”.
• Tasa Actuaciones municipales de comprobación apertura de

establecimientos.

Modificación ordenanzas fiscales. BOTHA

Aprobación definitiva modificación ordenanzas fiscales

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de la modi cación de las siguientes ordenanzas scales, para el año 2017, adoptado por el Pleno de la Corporación de fecha 19 de octubre de 2016 y 9 de noviembre de 2016 y no habiéndose presentado, dentro del mismo, (BOTHA número 124 de 7 de noviembre de 2016 y número 130 de 21 de noviem- bre de 2016), reclamación alguna, dicho acuerdo queda elevado a de nitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

— Ordenanza scal reguladora del impuesto sobre actividades económicas.

—Tasa por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas “tasa servicio público de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos”.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 citada, se publica ínte- gramente el acuerdo elevado a de nitivo y será de aplicación a partir de su publicación.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Juris- dicción Contencioso-Administrativa.Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.