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Tasa reguladora del aprovechamiento de frutos, setas, plantas y flores en “apota y ubarrundia”

Tasa reguladora del aprovechamiento de frutos, setas, plantas y flores en “apota y ubarrundia”

a) Personas vecinas en el Municipio de Aspárrena y Donemiliaga-

San Millán, que figuren inscritas en el Padrón Municipal:

– Permiso de temporada 5,15 euros.

b) Personas no vecinas en el Municipio de Aspárrena y Donemiliaga-

San Millán:

– Permiso diario: 4 euros

– Permiso semanal: 20,60 euros

– Permiso de temporada: 51,50 euros

Tasa reguladora del aprovechamiento.BOTHA

Tasa por prestación de servicios publicos y actividades administrativas- epigrafe 7 tasa reguladora del aprovechamiento

Aprobación definitiva modificación Ordenanzas Fiscales

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provi- sional de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales, para el año 2013, adoptado por el Pleno de la Corporación de fecha 10 de octubre de 2012 y no habiéndose presentado, dentro del mismo, (BOTHA número 123 de 26 de octubre de 2012), reclamación alguna, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

– Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

– Ordenanza Fiscal Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

– Ordenanza Fiscal Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras.

– Tasa por prestación de servicios públicos y realización de acti- vidades administrativas:

• Tasa Instalación Polideportivo Municipal.

• Tasa Servicio Público de Recogida de Basuras y Residuos Sólidos Urbanos.

• Tasa Talleres y otras actividades y servicios.
• Tasa Servicio con material del Ayuntamiento.
• Tasa Reguladora del aprovechamiento de frutos, setas, plantas

y flores en “Apota y Ubarrundia”.
• Tasa Actuaciones municipales de comprobación apertura de

establecimientos.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985

citada, se publica íntegramente el acuerdo elevado a definitivo y será de aplicación a partir de su publicación.