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  • Fecha de creación 18 julio, 2017
  • Última actualización 18 julio, 2017

Tasa por prestación de polideportivo. BOTHA

Tasa por prestacion de servicios publicos y actividades administrastivas / epigrafe 1 instalacion polideportivo municipal / Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles

I. Disposiciones generales

Artículo 1

Este ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral reguladora de las Hacien- das Locales delTerritorio Histórico de Álava y en la Norma Foral particular del tributo, exige el impuesto sobre bienes inmuebles con arreglo a la presente ordenanza, de la que es parte integrante el anexo en que se contienen la tarifa aplicable y el período de recaudación.

Artículo 2

La ordenanza se aplica en todo el término municipal. II. Hecho imponible

Artículo 3

1. Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales:

www.alava.net 2015-05364

D.L.: VI-1/1958 ISSN: 2254-8432
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BOLETÍN OFICIAL DELTERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA miércoles, 23 de diciembre de 2015 • Núm. 150

a) De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios pú- blicos a que se hallen afectos.

b) De un derecho real de super cie. c) De un derecho real de usufructo. d) Del derecho de propiedad.

2. La realización del hecho imponible que corresponda de entre los de nidos en el apartado anterior por el orden en él establecido determinará la no sujeción del inmueble a las restantes modalidades en el mismo previstas.

3. A los efectos de este impuesto tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos y de bienes inmuebles urbanos y de bienes inmuebles de características especiales los de nidos como tales en el artículo 4 de la presente ordenanza scal.

4. En caso de que un mismo inmueble se encuentre localizado en distintos términos mu- nicipales se entenderá, a efectos de este impuesto, que pertenece a cada uno de ellos por la super cie que ocupe en el respectivo término municipal.